essay
Usos políticos de la diferenciación Étnica y racial
Un estudio de la circunscripción electoral especial
December 6, 2007Program Coproduction of Public Action
Dossier Co-actores de gobernanza en Colombia
KeyWords : citizens ; immigrants, ethnic minorities, indigenous people ; social movements Identity ; Rights ; Democracy South America ; ColombiaEste análisis pretende demostrar que tanto la noción de gobernanza como la circunscripción electoral especial de comunidades negras constituyen un mismo esfuerzo para fortalecer el pacto político entre el Estado y la Sociedad Civil; pero que, sin embargo, tales categorías son susceptibles de ser utilizadas de acuerdo a diversos intereses en el marco del ejercicio del poder obteniendo resultados no siempre congruentes con los presupuestos que les dan origen como es el caso de la fragmentación y crisis de representatividad a la que se enfrentan las comunidades afrocolombianas.
El análisis se desprende de un seguimiento documental y discursivo de la política pública que designa el sujeto afrocolombiano en términos tanto de su representación 1 como de su participación política2 y lo convierte en un actor político que desde su especificidad configura y materializa un caso especifico de la reforma política de 1991 susceptible de ser leído como una manifestación, jurídica y política, de la implementación de interpretaciones de la noción de Gobernanza en Colombia.
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Características de la construcción normativa del afrocolombiano como sujeto político
En Colombia la Circunscripción Electoral3 Especial de Comunidades Negras establece un acceso especial de este grupo étnico4 a la Cámara de Representantes al otorgarles dos curules en dicho organismo de representación y decisión política gozando de tal manera de un reconocimiento en clave de diferenciación positiva sustentado en el discurso étnico, el cual, a partir de la reforma política de 1991, influyó en la configuración y posterior dinámica del sistema electoral colombiano y por ende en la acción política individual y partidista que se desarrolla en el país.
Este cambio fue promovido durante la década de los noventa por la tendencia multiculturalista que entro a plantear la necesidad de reconocer el derecho a la diferenciación en términos de mecanismos normativos de inclusión para aquellas minorías étnicas que habían sido excluidas del panorama sociopolítico desde la perspectiva del acceso a la representación de sus intereses en las instancias estatales.
Así, al interior de las organizaciones y movimientos afrocolombianos y del debate público-institucional se dio la proliferación de nuevos proyectos de organización política y por tanto de nuevos electorados en busca de representación en torno a la identificación con el discurso étnico.
En 1991, la Asamblea Nacional Constituyente abrió un amplio espacio de discusión en el cual el tema de la Representación y Participación Política de los Afrocolombianos o Comunidades Negras encontró notoriedad, validez y visibilidad. Posteriormente, la nueva carta política permitió el desarrollo legislativo de la política para las comunidades Negras o Afrocolombianas a través de la Ley 70 de 1.993 y la Ley 649 de 2.001. 5
De tal proceso, es de notar que en una y otra ley se observa un doble efecto de interpretación del sujeto afrocolombiano de acuerdo con los objetivos que cada ley promueve y que lo ubican dentro de categorías activas o pasivas en el contexto de la interacción social: en la ley 70 se asume como un sujeto pasivo a quien se atribuye una condición de “minoría en situación de debilidad manifiesta” y en la ley 649 como un sujeto activo que a través de una instancia gubernamental determina sus problemas y designa quién y como debe solucionarlos. Lo anterior deriva en múltiples usos políticos de la identificación étnica.
Muestra de ello es la referencia a la condición de minoría atribuida a las comunidades negras la cual evidencia que la diferenciación parte de la identificación de aspectos positivos y negativos6 para respaldar el trato electoral a partir de las nociones históricas que sobre los afrocolombianos se tiene a nivel general y con las cuales se nutren las representaciones sociales que se tienen sobre la identidad de los mismos.
El entrecruce entre estos campos semánticos es de importancia crucial para el análisis de el impacto y sentido de la diferenciación y construcción de identidades en el marco de arreglos institucionales destinados a reglamentar el ejercicio del poder político. Más aún en el contexto de cambio y de reformas políticas inspiradas en nociones y dinámicas externas que al ponerse en práctica en el escenario nacional mutan y plantean nuevos retos de comprensión de lo político.
Al respecto, políticos, académicos, lideres de las comunidades negras así como diversos sectores de la sociedad de diferente origen racial y status socioeconómico han centrado gran parte de la atención en la importancia y efectos de la ley de 1993 y solo recientemente se ha apuntalado el debate en torno a las implicaciones de la ley del 2001, que, referida a la participación política y siguiendo los presupuestos discursivos de la Ley 70, designa a las comunidades negras como actores políticos específicos dentro de la dinámica electoral por medio de la figura de la circunscripción electoral especial y por tanto incide en la dinámica del sistema electoral y político colombiano.
Las limitaciones de un ejercicio de gobernanza sustentado en el discurso étnico
Observando detalladamente la totalidad del proceso legislativo de la política de negritudes se identifican las dificultades de institucionalizar una representación y participación política diferenciada sustentada en el entendimiento de los afrocolombianos o comunidades negras como grupo étnico puesto que la identidad étnico-cultural como fundamento del reconocimiento a la diferenciación positiva en términos electorales plantea una doble dimensión de análisis:
Por un lado, están los esfuerzos para realizar un cambio en la denominación del sujeto político que van del ser negro al ser afrocolombiano y que se presentan en términos de un hecho de auto-reconocimiento, es decir, de identificación étnica y de estatus político propuesto por perspectivas teóricas como huellas de africanía y algunos sectores de movimientos sociales y partidos políticos.
Por otro, la invisibilidad de las comunidades Afrocolombianas en el escenario político debida a la no aplicabilidad de las categorías raciales para definir la participación política de los afrocolombianos de manera conjunta y además representativa no sólo a nivel de producciones culturales, logros deportivos o zonas territoriales de mayor concentración habitacional sino como un porcentaje o número cierto a partir del cual conformar el cuerpo político nacional.
Lo anterior, teniendo en cuenta que las circunscripciones políticas especiales afectan la distribución de asientos en el Congreso de la República y en el caso afrocolombiano ata la libre agregación de preferencias, propia de la práctica democrática, a la denominación étnica.
Consecuentemente, y pese a la existencia de puntos de encuentro entre los actores e instancias de definición de la política, expresados en los presupuestos de la Ley 70 de 1.993, se presentan disidencias en torno a los efectos de la Ley 649 de 2.001.
La iniciativa de reconocer constitucionalmente derechos políticos a grupos minoritarios, “marginados de la legislación nacional” (1.993), es compartida, pero la participación en el escenario institucional reglado (1.996 y 2.001) presenta discrepancias, la distribución numérica de las curules genera disidencias y distanciamientos frente al discurso étnico. Los actores se hallan en medio de la tensión existente entre derechos de reconocimiento y derechos de redistribución del poder político, es decir, entre la diferenciación positiva y el principio de igualdad.
Lo anterior se refleja en la controversia generada por el discurso étnico en las instancias de formulación de la política de negritudes. En particular, la trayectoria de la Ley 649 de 2.001 implico dos proyectos de Ley que en principio fueron archivados y posteriormente dos pronunciamientos de la Corte Constitucional, el primero que la declara inconstitucional y el segundo que le otorga constitucionalidad y vigencia7 reglamentando de manera formal y de conformidad con el sistema electoral proporcional la circunscripción electoral especial bajo el supuesto de que lo que decide la proporción de votos y el objetivo de la representación es el reflejo de la estructura del electorado.
Así, la Ley 649 de 2001 desde una perspectiva normativa determina como están organizados los elementos del sistema electoral colombiano, es decir, las formas de decisión y el objetivo de la representación y es un caso especifico de institucionalización de una representación y participación política discursivamente diferenciada que permite dilucidar el cómo de la vinculación entre lo cultural y lo político en Colombia constituyéndose en un artefacto que institucionaliza una acción colectiva y crea una conciencia social8 respecto a lo afro como fundamento de un ser, de un actor político, que si bien es determinado desde la formalidad del mecanismo de participación se hace indeterminable en el ámbito de los usos prácticos de la política.
Ello, dada la confluencia de múltiples intereses en el ejercicio real del poder político en donde se entremezclan las problemáticas del cuerpo social, objeto de la formulación de directrices de política, con las problemáticas del cuerpo o aparato político que en el país se hallan signadas por el clientelismo y la corrupción reinante en las instancias de representación y decisión fuertemente burocratizadas.
Dispersión, fragmentación y crisis de representatividad
Además de lo anteriormente expuesto, la continúa reconstrucción histórica tanto de las identidades raciales como del relacionamiento de las mismas con el Estado en Colombia plantea la necesidad de indagar la construcción de sentidos sociales respecto a las Comunidades Negras o Afrocolombianas.
Su alta taza poblacional, aproximadamente el 26% de la población nacional –datos tomados del documento CONPES 2909 de 1.997-, permite preguntarse acerca de las implicaciones del reconocimiento de una sociedad pluriétnica como un hecho político significativo que sustentado en representaciones sociales, culturales y simbólicas afecta la dinámica sociopolítica de todos los colombianos. Más aún, con la existencia de modalidades dinámicas y cambiantes que dificultan la asignación de limites culturales e identitarios estables a esta población puesto que “desde el fin de la esclavitud, la presencia afroamericana se fragmenta bajo tres modalidades y dimensiones que no se superponen siempre: grupos, sociedades y culturas, las cuales tienen grados diversos de territorialización y difusión. ” 9
Los resultados electorales de los últimos comicios para designar los representantes a la cámara por las comunidades negras en el año 2006 permiten una mayor comprensión del fenómeno. Elementos como el potencial de votación, 26.593.271 personas; el número de votos en blanco, 51.443; el bajo porcentaje de participación, 0.51%; el alto porcentaje de abstención, 99.49% y el total de 48 candidatos inscritos por 27 partidos o movimientos políticos son significativos al momento de indagar si esta circunscripción especial corresponde a las premisas que le dieron origen, es decir, si sustentan la idea según la cual la diferenciación étnica y racial puede o debe ser el fundamento para la construcción de proyectos de organización política de carácter identitario. Ello, sin dejar de observar que en la práctica no se observan mejoras significativas en la calidad de vida de la gran parte de población afrocolombiana que habita zonas periféricas afectadas por el conflicto armado y en donde se registran altos índices de pobreza y desarticulación de la relación Estado-sociedad civil.
Por otro lado, la circunscripción plantea la dificultad de configurar el mapa político partiendo de la “politización de la diversidad” 10 sin tener en cuenta el contexto fuertemente partidista que ha caracterizado la acción política en la historia del Estado colombiano y el hecho de que es la libre agregación de preferencias la que define la dinámica electoral.
La aplicación de la proporcionalidad como formula de decisión de circunscripciones pequeñas no conduce al objetivo de representación proporcional sino al de representación mayoritaria” 11 ; observándose la tensión existente entre dos tipologías propias de los sistemas electorales: el mayoritario de pluralidad y el proporcional.
Así, en el caso particular de la Ley 649, si bien las formulas de decisión se basan en el principio de representación proporcional, en la práctica ésta no corresponde con el mismo debido a que la baja cantidad de escaños en juego (2 curules) asignadas a la circunscripción electoral especial para negritudes, afecta la representación proporcional de los partidos resultando imperfecta y conduce a una representación mayoritaria puesto que “las circunscripciones pequeñas favorecen fuertemente a los partidos grandes, de manera que en el nivel nacional se presentan diferencias significativas entre la proporción de votos y escaños en perjuicio de los partidos pequeños.
Efecto de lo anterior es la dispersión organizativa vivida por los movimientos y partidos políticos afrocolombianos, en Bogotá por ejemplo existen más de cien organizaciones de afro y no se coordinan entre ellos llegando incluso a no conocerse entre sí12 . Otra referencia que se encuentra respecto a la dispersión, es la mencionada por José Eulicer Mosquera Renteria quien cita la existencia de tres corrientes diferenciadas de movilización política afrocolombiana:
Una que según el autor “consciente e inconscientemente representa los intereses de las clases dominantes”, allí cita a personalidades como Agustín Valencia exrepresentante a la Cámara por la circunscripción especial de comunidades negras; a la Senadora Piedad Córdoba, a Otilia Dueñas y Rudencio Castro entre otros. La otra corriente que el autor menciona y la que él se adscribe la identifica como de “izquierda democrática pluralista” en donde se encuentran Carlos Calderón Mosquera, Bertha Ligia Minas, Manuel Zapata Olivella, Juan de Dios Mosquera, entre otros; y la tercera corriente a la que denomina “pequeño burguesa integrada por profesionales y personas dedicadas a la actividad intelectual como la exrepresentante a la Cámara, también por la circunscripción especial afrocolombiana, Zulia María Mena García, su esposo, Hámilton Aragón y Pastor Elías Murillo, exdirector de asuntos de comunidades negras del Ministerio del Interior, entre otros” 13 .
Esta última referencia, si bien guarda un tono de activismo personal en su presentación permite, además de ubicar algunos de los actores directamente involucrados en el desarrollo de la política de negritudes, visualizar la manera como la politización de las iniciativas de organización en torno al discurso de identificación étnica afrocolombiana y su vinculación con las perspectivas de gobernanza encuentran grandes dificultades de materialización.
Gobernanza y Discurso étnico
Las formas de representación y participación política han sido desarrolladas lentamente a través del tiempo y han estado supeditadas a las transformaciones históricas de la sociedad. Es indiscutible, además, que la manipulación de las mismas ha llevado a reconsiderar las políticas que las regulan puesto que éstas constituyen un aspecto determinante del sistema democrático en el cual se desenvuelve la política nacional y un eje del debate político.
La política de negritudes constituye un esfuerzo en tal sentido puesto que desde el momento de su formulación contempló la posibilidad de una mejor conexión entre gobernantes y gobernados sustentada en el discurso étnico.
Por tanto, la circunscripción electoral especial de Comunidades Negras, con sus efectos en la configuración del sistema político y electoral colombiano, constituye un caso pertinente para discutir experiencias de ejecución o puesta en práctica de nociones de gobernanza en Colombia dada la confluencia de criterios técnicos y sociopolíticos con que se nutre su conceptualización14 y la presencia de los mismos en la formulación e implementación de la política de negritudes.
Además, porque los antecedentes del proceso de definición de dicha política concuerdan con la pretensión de renovación de prácticas de interrelación entre la sociedad y el Estado imperante en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, en donde, fueron introducidas perspectivas de la gobernanza entendida como ejercicio del “buen gobierno” en términos de una interacción cada vez más democrática entre el Estado, la sociedad y el mercado.
Por ende, el razonamiento según el cual las instituciones gubernamentales deben actuar de forma eficaz y considerada legítima por los ciudadanos es significativo respecto al cambio institucional y normativo que la representación y participación política afrocolombiana comporta y permite relacionar su desarrollo a tal perspectiva de comprensión de la gobernanza. Por otro lado, las premisas o argumentos en que se sustentan los antecedentes legislativos de esta Ley, es decir, los corpus discursivos que la conforman se articulan a la introducción de una nueva dinámica de relacionamiento socio-político inspirada en nociones como la diversidad étnica y pluricultural y con la defensa y restauración de los derechos humanos de la población afrocolombiana15 .
Así, el seguimiento y análisis de la política para las comunidades negras permite afirmar que su desarrollo está condicionado a la lucha por la distribución del poder político en el marco del régimen político colombiano y busca definir la participación política de los afrocolombianos con base en supuestos sociopolíticos y arreglos técnicos, en este caso la diferenciación étnico-cultural sustentada en las circunstancias históricas de reconocimiento de dicha población y en sus anteriores condiciones de participación política.
Presupuestos que encajan respectivamente como marcos de referencia para la instauración de principios de buena gobernanza en tanto movilizan nuevas y mejores relaciones entre el Estado y la sociedad y definen arreglos institucionales en la implementación de políticas de largo aliento vinculadas a reformas y desarrollos legislativos en torno al reconocimiento y la participación política.
Sin embargo, las discrepancias que se identifican en el estudio detallado de la formulación de la política y los últimos resultados electorales obtenidos para la circunscripción especial en el año 2006 no corroboran la materialización de tal propósito sino que demuestran que la sociedad colombiana se caracteriza por la presencia de un juego intercultural en el que las identidades culturales se presentan como un reto para la democracia liberal que se práctica en el país y refuerzan, por tanto, el cuestionamiento acerca de la compatibilidad entre el reconocimiento de la diversidad cultural y la igualdad de todos los ciudadanos que en un Estado constitucional se hallan en una continua pugna por la representación de los intereses de unos y otros integrantes de la misma sociedad. Cuestionamiento que atañe tanto a las formas de actividad colectiva como a la legitimidad de las mismas y sus formas de relación con las identidades culturales y los grupos políticos dominantes.
Lo anterior debido a que los presupuestos de la Ley 649 de 2.001, que definen la circunscripción electoral especial para las comunidades negras, se movilizan a través de la producción de representaciones sociales íntimamente ligadas a las relaciones de poder en el marco del lenguaje y la política, del lenguaje y la cultura. Campos simbólicos que entrañan tensiones irresolutas aún, en este caso, entre nociones como: Negro, Afro –descendiente Afro –colombiano; Comunidad, Individuo, ciudadadanía; Participación Política, Abstencionismo, Sistema proporcional y Sistema Mayoritario, entre otras. Tensiones que se expresan en la débil interacción entre el Estado y la sociedad colombiana, mediada por la tecnocracia de las instituciones y la falta de lectura crítica por parte de sus integrantes de los procesos de producción y reproducción de los sentidos sociales y políticos emanados desde el Estado.
Notes
1Ley 70 de 1.993
2Ley 649 de 2.001
3<<Las circunscripciones electorales hacen referencia a “conjuntos geográficos –circunscripciones territoriales o poblacionales, las circunscripciones indígenas por ejemplo,- en los que se organizan los votantes para la distribución de los escaños parlamentarios.>> DELGADO, Oscar. 2.000. ¿Qué es un sistema electoral?. En: Escuela Juvenil para la Democracia en Bogotá. D.AAC. Bogotá, Pp. 57.
4Aproximadamente el 26% de la población nacional tomado de documento CONPES 2909 de 1.997. Mayor información en www.etniasdecolombia.org.
5La primera, también conocida como Ley étnica y de Tierras y la segunda que consagra la circunscripción electoral especial en la Cámara de Representantes.
6Enfoque Critico utilizado para analizar discursivamente el tema de La Representación Y Participación Política De Las Comunidades Negras O Afrocolombianas Como Grupo Étnico, tema y discurso complejo que al versar sobre representaciones diferenciales entre grupos no escapa a la tarea de manufacturar representaciones mentales que, mediante la organización sintáctica de oraciones, hace un retrato de un Nosotros y de un Ellos u Otros, de quienes se predican aspectos positivos o negativos, en un momento dado en el que unos y otros se identifican entre sí desde categorías pasivas o activas como una u otra alternativa de acción social y lingüística.
7La Sentencia Constitucional 484 de 1.996, tres años después de la aprobación de la Ley 70. Y la Sentencia Constitucional 169 de 2001, respectivamente.
8BOLIVAR, Ingrid. 2006. “Identidades Culturales y Formación de Estado en Colombia. Colonización, naturaleza y Cultura”. Universidad de los Andes. – CESO. Ediciones Uniandes. Bogotá Colombia. << La identidad es una forma de organizar la interacción social, y de enfrentar las condiciones materiales en que tal interacción tiene lugar. En este sentido, la identidad no es una «simple» e «ingenua» proyección de lo que «ya se era», sino una apuesta por definir y/o actualizar las condiciones de la jerarquizada y estructurada interacción social>>.
9LOSONCZY, Anne-Marie. En: Afrodescendientes en la Ameritas Unibiblios. Universidad Nacional de Colombia Bogotá. Pág. 215
10La C91 quiso introducir nuevas dimensiones para compensar los vacios sociales y de modernidad que había en nuestro modelo de representación política. (…) Ahora bien, supongamos que cada uno de esos criterios es binario (por ejemplo en b, mestizo y no mestizo). El mapa tendría que tener 64 «colores» distintos para representar a cada sector posible. Un congresista ideal sería, por ejemplo, una persona de clase media, negra, cristiana y guajira. Por supuesto, construir ese mapa de tal manera que sea equilibrado en todas las dimensiones es imposible. [el rango (conjunto de llegada) son 260 congresistas]. En la misma dirección aunque de una manera menos mecánica, el esfuerzo de dar la voz a los nuevos entrantes sustraía de la vida partidista una función fundamental: agregar preferencias.
11NOHLEN, Dieter. Elecciones y Sistemas Electorales. Nueva Sociedad Editores.
12Caracterización básica del sector Afrocolombianos. Tercer borrador, enero 2003. Sectores Sociales populares para la Paz en Colombia. Planeta Paz.
13MOSQUERA R., José Eulicer. 2002. Las grandes retos que debe resolver el pueblo Afrocolobiano. (serie etnoeducación). Ediciones Licher. Medellín, Colombia. Pág. 88 a 95.
14Launay, Claire. “La gobernanza: Estado, ciudadanía y renovación de lo político. Origen, definición e implicaciones del concepto en Colombia”. Revista Controversia No. 185 Segunda etapa. Cinep, diciembre de 2005. C. Launay es historiadora y Coordinadora en Colombia del Proyecto Gobernanza.
15Dada la concentración afrocolombiana en contextos geográficos sacudidos por la violencia política en donde incluso se controvierte la forma diferenciada de hacer presencia del Estado e incluso en algunos casos su efectiva existen
Bibliografía adicional.
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